Autorización Dirección General de Seguros número clave J-940.

Seguro de baja de autónomos

Dirigido a autónomos que estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), que tengan entre 16 y 65 años y cuyo objetivo es aportar la tranquilidad de saber que cuentan con una prestación económica en caso de baja laboral.

Te ofrecemos un seguro completo, con el que no importa si tu baja es a causa de accidente o enfermedad. Posibilidad de contratar cobertura mundial.

 

Existen 2 tipos de seguros de baja para autónomos:

  1. Seguros por baremo:

Indemnización fija por tipo de patología, independientemente del tipo de baja. Los días de indemnización son los que dicta el baremo, independientemente de tu tiempo de recuperación por lo que cobrarás siempre una indemnización fija en función de la patología.

  1. Seguro de indemnización diaria:

Esta modalidad permite elegir el capital diario a percibir durante todo el tiempo que dure la baja con límite de 12 meses, y pudiendo también seleccionar días de franquicia, lo que permite abaratar la póliza y estar cubierto ante bajas realmente importantes.

Posibilidad de asegurar con cobertura mundial.

Posibilidad de personalizar la póliza eligiendo la cantidad que quieres percibir diariamente o si quieres añadir días de franquicia.

Con la contratación de tu seguro, si eres autónomo o profesional liberal podrás deducirlo como gastos de tu actividad económica, hasta un máximo de 500€ por persona. Eso sí, solo si tu sistema de tributación en IRPF es de trabajador por cuenta propia en régimen de tributación por rendimientos profesionales en estimación directa.

Para contratar tu seguro no necesitas un reconocimiento médico previo, basta con rellenar el cuestionario de salud.

Siempre que no existan antes de contratar el seguro, la baja laboral incluye cobertura en patologías de la espalda, visuales, auditivas y dentales.

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