Autorización Dirección General de Seguros número clave J-940.

Seguro para comunidades

Su objeto es la protección de inmuebles destinados a edificios vivienda, edificios administrativos privados (oficinas, despachos, etc.), edificios comerciales (centros comerciales, galerías, etc.), edificios o locales destinados exclusivamente a aparcamiento privado y que por su titularidad sean de un único propietario, de varios propietarios, comunidades de bienes, promotores, y comunidades de propietarios sujetos a la Ley de Propiedad Horizontal.

El Seguro Multirriesgo para Edificios y Comunidades de Propietarios, está concebido como complemento del Seguro Multirriesgo de Hogar y no es obligatorio por Ley salvo en las Comunidades Autónomas de Madrid y Valencia.

Principales Garantías:

  • Incendio, Rayo y Explosión
  • Fenómenos atmosféricos
  • Inundación
  • Actos malintencionados
  • Acción del humo u hollín 
  • Impacto de vehículos, 
  • Ondas sónicas, 
  • Daños eléctricos 
  • Derrame o Escape accidental de las instalaciones automáticas contra incendios 
  • Robo y desperfectos por robo 
  • Defensa Jurídica 
  • Asistencia 24 horas.
  • Daños por agua.
  • Gastos de localización y desatasco (con y sin daños).
  • Tratamiento y prevención de plagas.
  • Rotura de cristales.
  • Recomposición estética del continente.
  • Responsabilidad Civil
    • Responsabilidad Civil Inmobiliaria.
    • Daños por agua.
    • Trabajos de reparación, transformación o decoración.
    • Accidentes de trabajo.
    • Copropietarios.
    • Junta de Gobierno.
    • Defensa y Finanzas.
  • Vehículos y embarcaciones en garaje
  • Accidentes corporales
  • Fondos comunitarios e infidelidad de empleados
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