Autorización Dirección General de Seguros número clave J-940.

Seguro de todo riesgo de construcción

El seguro Todo Riesgo Construcción cubre todos los daños que se produzcan de forma accidental o imprevisible en la obra civil durante su ejecución, incluidos los que tengan su origen en los fenómenos de la naturaleza, salvo exclusiones. … La vigencia del seguro viene determinada por la duración de la OBRA.

Proporciona amplia protección, frente a los daños sufridos por la obra en sí, así como los que pueden sufrir el equipo y maquinaria de construcción.

 

Este seguro debe ser contratado antes de que den comienzo las obras. Por otro lado, habrá que declarar un día concreto de finalización, a partir del cual el seguro no ofrece cobertura.

Las fechas de inicio y vencimiento deben aparecer claramente reflejadas en la póliza. Si la obra termina más tarde de la fecha prevista, es necesario solicitar al asegurador que prorrogue el contrato.

Principales Garantías:

  • Riesgos convencionales: Incendio, explosión, choque de vehículos e impactos.
  • Riesgos de fuerza mayor o de la naturaleza: Viento, lluvia, desbordamiento, inundación, hundimiento y corrimiento de tierras y terremotos.
  • Riesgos de la ejecución de la obra: errores de diseño, defectos en los materiales o mano de obra.
  • Gastos de demolición y desescombro.
  • Gastos de extinción.
  • Gastos suplementarios.
  • Huelga, motín, conmoción civil, sabotaje y terrorismo.
  • Mantenimiento
  • Equipo de construcción.
  • Maquinaria de construcción
  • Gastos Extraordinarios.
  • Efectos personales de los empleados:
  • Otros bienes del asegurado
  • Honorarios profesionales
  • Responsabilidad civil extracontractual.
  • Bienes preexistentes.
  • Ampliación temporal de la cobertura.
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