Autorización Dirección General de Seguros número clave J-940.

Seguro de accidentes de convenio colectivo

Los convenios colectivos, que se pactan y renuevan periódicamente, incluyen algunos seguros obligatorios que cubren las indemnizaciones de posibles accidentes que puedan sufrir los trabajadores mientras desempeña su actividad. Son los denominados seguros obligatorios de convenio colectivo o seguros de accidentes de convenio

Las garantías y capitales son las que establezca el convenio por el que se rige la empresa y que es el indicado a la Compañía en el momento de contratar, en los vencimientos de la póliza se actualiza automáticamente si el convenio ha registrado modificación.

Cada empresa está obligada a contratar un seguro de accidentes que garantice a tus trabajadores las prestaciones que en el acuerdo se establezcan.

Los trabajadores asegurados en póliza son los incluidos en el TC2.

Las coberturas de la póliza de accidente convenio van en función al sector de la empresa. Al igual que también se establecen los ámbitos de coberturas.

Las coberturas más habituales son:

  • Muerte por accidente.
  • Incapacidad permanente total
  • Incapacidad absoluta.
  • Enfermedad profesional.
  • Enfermedad común.
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