Autorización Dirección General de Seguros número clave J-940.

Responsabilidad civil general o de explotación

La responsabilidad civil es la obligación legal de resarcir los daños o perjuicios ocasionados a un tercero.

Dentro de la póliza de RC se pueden contratar diferentes coberturas según la actividad que realices. Al contratar un seguro de responsabilidad civil tenemos que especificar cuál es nuestra actividad ya que se pueden contratar diferentes coberturas dependiendo de la actividad que se realice. Conocer los detalles de la actividad es muy importante para poder asesorarte correctamente y confeccionar una póliza de RC que cubra todos los posibles riesgos.

 

RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL O DE EXPLOTACION

La cobertura de rc explotación en el seguro de responsabilidad civil cubre las reclamaciones por daños a terceros durante el desarrollo de la actividad profesional.

RESPONSABILIDAD CIVIL PATRONAL

Con la RC Patronal se cubre la responsabilidad de pueda tener la empresa sobre los daños que sufra su personal. 

RESPONSABILIDAD CIVIL DE PRODUCTOS

Cubre cualquier reclamación por daño o perjuicio ocasionado por parte de sus productos.

 

RC Subsidiaria: Responde ante los daños y perjuicios que causen a terceros las empresas subcontratadas.

RC Cruzada: Cubre los daños ocasionados que puedan sufrir los empleados de una empresa subcontratada.

RC Post-Trabajos: Asegura la indemnización por daños una vez terminado el trabajo.

RC Locativa: Esta cobertura va dirigida para profesionales que desempeñen su labor en un local alquilado

RC Inmobiliaria: Protege a los propietarios de inmuebles ante las reclamaciones de terceras personas por daños provocados por esos inmuebles

RC Medioambiental es el deber que tienen las empresas de asumir las consecuencias de los daños medioambientales causados a las especies, hábitats, aguas, costa y suelo, tomando para ello todas las medidas y medios que estén a su alcance para prevenir, evitar y reparar los daños medioambientales.

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